Buenas noticias para las comunidades escolares tuvimos hoy, ya que la Cámara de Diputadas y Diputados, aprobó el proyecto Escuelas Protegidas, el que se transformará en ley, una vez que sea revisado por el Tribunal Constitucional.
Se trata de una esperada y necesaria iniciativa que entregará nuevas herramientas a la comunidad educativa para enfrentar hechos de violencia en los establecimientos y permitirá mantener el respeto dentro del aula.
Estamos conformes de poder sacar adelante esta iniciativa y poner a disposición de los colegios y los educadores y los profesores, nuevas herramientas para enfrentar este problema que es la violencia”, María Paz Arzola, ministra de Educación.
Principales normas de Escuelas Protegidas
El proyecto Escuelas Protegidas establece entre sus principales normas que:
- Para resguardar la integridad física y psíquica de los integrantes de la comunidad educativa, los sostenedores podrán incorporar en sus reglamentos internos la revisión de mochilas, bolsos u otros efectos personales de los estudiantes, excluidas sus vestimentas, a fin de evitar el ingreso, uso, porte y posesión de elementos que puedan ser utilizados para agredir a otros o para atentar contra la infraestructura del establecimiento.
Esta revisión deberá evitar cualquier forma de contacto físico o exposición innecesaria de los involucrados y deberá realizarse en lugares especialmente designados. Queda estrictamente prohibido requerir al estudiante que se desnude, así como la revisión corporal y de vestimentas.
- Se podrá solicitar al estudiante mostrar o vaciar el contenido de los bolsillos. Si se encontraran elementos considerados potencialmente peligrosos, se deberá comunicar de manera inmediata a los padres y apoderados del estudiante, así como a Carabineros o a la Policía de Investigaciones.
En caso de negativa del estudiante, el personal igualmente deberá informar de manera inmediata a sus padres y apoderados para que, al menos uno de ellos, concurra a revisar las pertenencias. En tanto, el estudiante deberá permanecer bajo resguardo en un espacio adecuado que deberá ser distinto del de la sala de clases.
Si el padre, madre o apoderado concurre y el estudiante persiste en su negativa, el estudiante deberá retirar las pertenencias del establecimiento, debiendo el sostenedor informar a la Oficina Local de la Niñez.
En el caso de que el padre, madre o apoderado no concurra dentro del plazo y /o condiciones específicas contenidas en el reglamento interno o no concurra, el sostenedor del establecimiento deberá comunicar los antecedentes a Carabineros de Chile o a la Policía de Investigaciones de Chile y requerirles para que procedan.
- Los funcionarios de Carabineros y la Policía de Investigaciones de Chile deberán, sin orden del fiscal y previo requerimiento del personal del establecimiento educacional correspondiente, concurrir a este establecimiento para efectuar el registro de las vestimentas y efectos personales del estudiante cuando exista algún indicio de que el estudiante ha cometido o intentado cometer un crimen o simple delito.
- Los reglamentos internos podrán contener prohibiciones de uso de vestimentas o accesorios que impidan la identificación facial. No se aplicará cuando el uso responda a necesidades de salud, necesidades sensoriales o de regulación emocional, prácticas religiosas o culturales, expresión de identidad de género y necesidades de carácter climatológicas, entre otras.












